El tramo medio del río Tajo incluido en los Sitios de Demostración de Ecohidrología de la UNESCO
16/04/2024
El tramo medio del río Tajo incluido en los Sitios de Demostración de Ecohidrología de la UNESCO
16/04/2024
  • La Cátedra del Tajo UCLM-Soliss ha remitido su propuesta de nuevas reglas de explotación del Trasvase Tajo-Segura adaptadas a los caudales mínimos establecidos en el Plan Hidrológico de febrero de 2023
  • Esta propuesta se considera que es la mejor opción científico-técnica dentro del marco legal de modificación que ha sido previsto
  • Se recuerda que este proceso de modificación debería haberse concluido en febrero de 2024

Dentro del periodo de “consulta pública previa a la aprobación del proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Decreto 773/2014, de 12 de septiembre, por el que se aprueban diversas normas reguladoras del trasvase por el acueducto Tajo-Segura”, la Cátedra del Tajo UCLM-Soliss ha presentado una propuesta dentro de su  cometido como equipo de investigación y como centro de conocimiento de la Universidad de Castilla-La Mancha, en aras del compromiso de la universidad y sus investigadores con la sociedad. Con esta propuesta se pretende informar de lo que se considera que es la mejor opción científico-técnica para la modificación de las Reglas de Explotación que ha sido prevista.

En el texto de la consulta pública se indica que la finalidad de la norma objeto de la consulta es modificar parcialmente el Real Decreto 773/2014 para adaptarlo “a las circunstancias derivadas de la aprobación de los planes hidrológicos de las demarcaciones intercomunitarias, para el tercer ciclo de planificación”. También que, en lo que se refiere al Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo, “se circunscribe a la necesidad de adaptar las reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura a la realidad hidrológica derivada de la implantación de un régimen de caudales ecológicos en el conjunto de las masas de agua presentes en la demarcación del Tajo, de acuerdo a lo dispuesto por la normativa vigente en materia de planificación hidrológica y en cumplimiento de las diferentes sentencias del Tribunal Supremo”. Indicando expresamente “la limitación de afectar, únicamente, a aquellos aspectos que pueden ser modificados a través del desarrollo reglamentario”.

Una limitación que se encuentra en la propia disposición adicional quinta de la Ley 21/2015 que define las Reglas de Explotación del Trasvase, que permite modificar determinados parámetros de estas Reglas con “el único objetivo de dotar de mayor estabilidad interanual a los suministros, minimizando la presentación de situaciones hidrológicas excepcionales a las que se refiere el nivel 3”.

Teniendo en cuenta este marco en el que se plantea el proceso de consultas públicas, la Cátedra del Tajo UCLM-Soliss ha enviado al Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico (Miteco) un documento en el que plantea unas reglas de explotación que harían compatibles el mantenimiento de los caudales mínimos del Plan Hidrológico con la mayor estabilidad a los suministros, minimizando las situaciones de excepcionalidad. Junto a él, se ha anexado el informe de 84 páginas elaborado en julio de 2023 en el que se hace un estudio detallado de la adaptación de los caudales mínimos a las reglas de explotación del Trasvase así como una justificación técnica de la propuesta, elaborada por el experto en el trasvase Tajo Segura, Antonio de Lucas.

Tabla 1. Propuesta de modificación de las reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura

UmN1Ap12m

UmN1Vol

TrasN1 TrasN2 TrasN3
Reglas Explotación 2021 (vigentes)

1.400 hm³

1.500 hm³

60 hm³

27 hm³

20 hm³

Propuesta Cátedra del Tajo:

       Hasta 2026

1.400 hm³

2.000 hm³ 60 hm³ 16 hm³

8 hm³

       Durante 2026

1.400 hm³

2.000 hm³ 60 hm³ 13 hm³

8 hm³

       Durante 2027

1.400 hm³

2.000 hm³

60 hm³

11 hm³

8 hm³

Nota: UmN1Ap12m: umbral de aportaciones acumuladas en los 12 meses anteriores que permiten el paso al nivel 1; UmN1Vol: umbral de existencias embalsadas en Entrepeñas y Buendía que permiten el paso al Nivel 1; TrasN1: volumen de trasvase mensual correspondientes al nivel 1; TrasN2: volumen de trasvase mensual correspondientes al nivel 2; TrasN3: máximo volumen de trasvase mensual que se puede autorizar en nivel 3.

Esta propuesta ya fue presentada por la Cátedra del Tajo UCLM-Soliss en el mes de octubre de 2023 y enviada al Miteco para ser valorada de cara a las exigencias del Plan Hidrológico de la cuenca del Tajo de modificación de las reglas de explotación del Trasvase Tajo-Segura. Esta modificación debería haber entrado en vigor, de acuerdo con los plazos legales, en febrero de 2024.